
Ley de Monitorio Arrendaticio. Una reforma positiva: ejecutamos nuestro primer desalojo en un tiempo récord de 3 meses
Para que una reforma funcione se requiere, en principio, de dos exigencias: 1) de una excelente ley y 2) de autoridades jurisdiccionales con capacidad de aplicarla. Nuestra oficina ha comprobado que en Costa Rica, cuando se quiere, se puede cambiar la historia en forma positiva. La Ley de Monitorio Arrendaticio se publicó el 05 de setiembre de 2013, diseñada para dos causales de desalojo –falta de pago y vencimiento del plazo- y donde la oposición de los arrendatarios es muy limitada. PRESENTAMOS LA PRIMERA DEMANDA EL 18 DE SETIEMRBRE EL 2013 Y TRES MESES DESPUÉS, EL 18 DE DICIEMBRE, SE EJECUTÓ LA ORDEN DE LANZAMIENTO. Debemos reconocer que el arrendatario trató de dilatar el proceso, pero con toda firmeza el Juzgado calificó la oposición de infundada. Si bien recurrió la resolución, siendo consecuente, el tribunal rechazó la apelación por improcedente. De esa manera, el desalojo se hizo efectivo en tres meses, lo que fortalece el sistema jurídico costarricense.
